Como te decimos frecuentemente, el autoconsumo no solo es beneficioso para el medioambiente y te sirve para ahorrar en las facturas de la luz, si no que también aporta beneficios fiscales gracias a las políticas que fomentan el autoconsumo energético. Si eres de la Comunidad Valenciana, este post te va a interesar para conseguir un descuento en la declaración de la renta de junio de 2021.
Nombre y objetivo del trámite
Para reclamar este descuento en la renta se debe realizar un trámite cuyo nombre legal es «Deducción fiscal en el IRPF para autoconsumo y energías renovables» y con él se solicita al IVACE (Institut Valencià de Competitivitat Empresarial) la certificación acreditativa para la aplicación de la deducción autonómica en el IRPF por inversiones en instalaciones de autoconsumo o de aprovechamiento de energías renovables realizadas en viviendas de la Comunitat Valenciana.
Cuantía del descuento en la renta
Los contribuyentes podrán deducirse un 40% del importe de las cantidades invertidas en instalaciones realizadas en la vivienda habitual del contribuyente o en instalaciones colectivas del edificio donde este figure, si están destinadas a alguna de las finalidades indicadas en el apartado Inversiones deducibles.
¿Cuándo solicitarlo?
Una vez realizada la inversión, se podrá solicitar la certificación acreditativa en cualquier momento del año, sin esperar a que se inicie la campaña de presentación de la declaración del IRPF del ejercicio correspondiente.
¿Dónde dirigirse?
Las solicitudes presentadas a partir de la publicación de esta resolución se adecuarán al formulario normalizado, disponible en la página web del IVACE . La presentación de la solicitud podrá llevarse a cabo por cualquiera de las siguientes modalidades:
- Presencial: Se presentará la solicitud normalizada y la documentación complementaria en la sede del IVACE, Ciutat Administrativa 9 d´Octubre – Torre 2, C/ De la Democracia, 77 46018 – Valencia, o en las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por la oficina de Correos antes de ser certificada.
- Solicitud electrónica: La solicitud se presentará en el registro electrónico del IVACE, accesible a través de su página web. La presentación electrónica requerirá que la persona solicitante disponga de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana (ACCV), DNI electrónico, certificado de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), o bien con los certificados reconocidos en la lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicado en la sede electrónica del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.
Documentación necesaria para obtener el descuento en la renta
Junto a la solicitud se debe presentar documentación complementaria. Hay una documentación común para todo tipo de energías de autoconsumo energético y otras específicas de cada una, veámoslas:
Documentación común
- Facturas de la instalación, que cumplan lo dispuesto en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre y demás normativa vigente. Solo serán consideradas válidas las facturas referidas a la persona solicitante/compradora. En el caso de impuestos y tasas que puedan considerarse elegibles, se aportarán las correspondientes hojas de liquidación o documentos equivalentes.
- Justificantes de pago. Serán válidos los siguientes medios de pago: tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito. (La persona solicitante podrá aportar si lo desea documentación adicional o aclaratoria, por ejemplo, contratos de financiación, en su caso). Solo serán consideradas válidos los justificantes de pago referidos a la persona solicitante/compradora.
- Fotografías de la instalación y de cada uno los elementos que la componen, en formato físico o digital, en cualquiera de los formatos electrónicos habituales (JPG, JPEG, GIF, PNG, etc ).
- Ficha catastral del inmueble, obtenida a través de la Sede Electrónica del Catastro (www.sedecatastro.gob.es). Se podrá sustituir la presentación de este documento por la indicación, en el formulario de solicitud, de la referencia catastral del inmueble, para su posterior comprobación por parte del IVACE.
- Para viviendas construidas sobre suelo no urbano (tanto urbanizable como no urbanizable), certificado que acredite la legalidad de la edificación en la que se haya llevado a cabo la instalación (cédula de habitabilidad, certificado municipal o equivalente).
- En el caso de inversiones realizadas en instalaciones colectivas por comunidades de propietarios en conjuntos de viviendas en régimen de propiedad horizontal, declaración del administrador o del presidente con la lista de los propietarios que han participado en la inversión y su porcentaje de participación.
- Para las instalaciones realizadas sobre edificaciones con fecha de construcción posterior al año 2006, copia de la solicitud de licencia de obras de la edificación o cualquier otro documento que acredite la fecha de construcción de la edificación o que la misma se encuentra fuera del ámbito de aplicación del Código Técnico de la Edificación (CTE). En los casos en que en virtud del citado código resulte obligatoria la realización de una instalación de aprovechamiento de energías renovables y la instalación realizada supere justificadamente dicha obligación, deberá presentarse documento explicativo suscrito por técnico competente o empresa instaladora donde se compare la instalación realizada con respecto a la mínima requerida para el cumplimiento del CTE, tanto en términos técnicos como económicos, y se justifique la sobreinversión soportada.
Documentación específica
Instalaciones de autoconsumo eléctrico.
- Certificado de la instalación individual diligenciado por la administración autonómica.
- Ficha técnica u hoja de características del fabricante de los equipos principales (sistema de generación y de acumulación, en su caso), donde se especifiquen las características y rendimiento de los sistemas empleados.
Instalaciones de producción de energía térmica.
- Para todas las fuentes energéticas:
- Ficha técnica u hoja de características del fabricante de los equipos principales (sistema de generación y de acumulación, en su caso), donde se especifiquen las características y rendimiento de los sistemas empleados.
- Para las instalaciones de energía solar térmica:
- Copia de la resolución de certificación del captador o sistema solar prefabricado empleado, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 28 de Julio de 1980, por la que se aprueban normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de paneles solares, considerando las modificaciones introducidas por la Orden ITC/71/2007, de 22 de enero, por la Orden IET/401/2012, de 28 de febrero y por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre. Esta certificación deberá encontrarse vigente en el momento de la realización de la inversión. Se podrá sustituir la presentación de este documento por la indicación, en el formulario de solicitud, de la contraseña de certificación del equipo, para su posterior comprobación por parte del IVACE.
Instalaciones de producción de energía eléctrica aisladas de la red.
- Para todas las fuentes energéticas:
- Certificado de la instalación individual diligenciado por la administración autonómica.
- Documentación acreditativa de que la conexión del consumo a la red eléctrica de distribución resulta inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico. La justificación de la inviabilidad técnica y/o económica se realizará a partir la notificación de la compañía eléctrica distribuidora donde se establezcan las condiciones para la conexión del suministro.
- Ficha técnica u hoja de características del fabricante de los equipos principales (sistema de generación y de acumulación, en su caso), donde se especifiquen las características y rendimiento de los sistemas empleados.
El IVACE podrá solicitar, para todas las tipologías y fuentes energéticas, cualquier otro documento o información sobre las características de la instalación.
Aunque parezca un proceso complejo, no lo es en absoluto. Nosotros de animamos a hacerlo y a aprovechar las ventajas fiscales que nos ofrece el autoconsumo energético, como el descuento en la renta. Si quieres conocer toda la información sobre esta deducción haz click aquí.